“El consejo distrital mediante el acuerdo 470 de 2011 estableció como obligatoria la revisión general de los sistemas de transporte vertical en establecimientos que acumulen personas, tales como ascensores, escaleras mecánicas, plataformas y puertas eléctricas que estén al servicio público y privado en el distrito capital”, con base en las normas técnicas NTC-5926-1, NTC-5926-2 y NTC-5926-3. Por eso JAVGROUP S.A.S ha venido implementando lo necesario para dar cumplimiento.